Micelio

Artículo 2

º

Decreto 1957 de 1997 · por el cual se modifica transitoriamente el Decreto 1909 de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Adiciónase el artículo 82 del Decreto 1909 de 1992, con el siguiente

Parágrafo transitorio

"

Parágrafo transitorio

Cuando el comerciante minorista a que hace referencia el

Parágrafo transitorio

del artículo 16 de la Ley 383 de 1997, presente voluntariamente sin intervención de la autoridad aduanera declaración de legalización, deberá liquidarse en la misma los tributos aduaneros a que hubiere lugar, con excepción de los derechos antidumping o compensatorios, los gravámenes arancelarios correspondientes a las medidas de salvaguardia que se encuentren establecidas para la importación de algunas mercancías y el valor de rescate".

Parágrafo transitorio

Artículo 82 DECRETO 1909 de 1992

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1957 de 1997