La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y modifica los artículos 2º, 5º, 6º, 7º, 8º y 9º de la Ley 7º de 1984.
Ley 551 de 1999 →Vigente
Artículo 7
Ley 551 de 1999 · por la cual se modifica la Ley 7ª de febrero 14 de 1984.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.