Articulo 4º La Cámara de Comercio de El Espinal tendrá jurisdicción en el territorio comprendido por los siguientes municipios: Alpujarra, Dolores, Prado, Purificación, Guamo Espinal , Suárez. Coello, Melgar , Carmen de Apicala, Cunday, Vilarrica, Icononzo , Flandes y Saldaña.
Decreto 898 de 1983 →Vigente
Artículo 4
La Cámara De Comercio De El Espinal Tendrá Jurisdicción En El Territorio Comprendido Por Los Siguientes Municipios: Alpujarra, Dolores, Prado, Purificación, Guamo Espinal , Suárez
Decreto 898 de 1983 · Por el cual se crea la Cámara de Comercio de El Espinal, Tolima, con personería jurídica, se designa la Junta Directiva provisional y se determina su jurisdicción territorial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 4° del decreto 898 de 1983 quedará así) por decreto 1348/98 modificado por decreto 1348/98
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.