Micelio

Artículo 6

Funciones Del Consejo Directivo

Decreto 1006 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional para Ciegos, INCI, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones del Consejo Directivo . El Consejo Directivo del Instituto Nacional para Ciegos, INCI, además de las funciones que le señala el artículo 76 de la Ley 489 de 1998, tendrá las siguientes: 6.1 Dictar su propio reglamento de funcionamiento. 6.2 Aprobar la contratación de empréstitos internos y externos con destino al Instituto y los contratos respectivos, de acuerdo con las normas legales vigentes. 6.3 Conceder comisiones al exterior a sus funcionarios o empleados de conformidad con las normas vigentes. 6.4 Conformar los comités técnicos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y expedir la respectiva reglamentación. 6.5 Formular a propuesta del representante legal, la política de mejoramiento continuo del Instituto, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo. 6.6 Conocer y analizar las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por la Administración de la entidad. 6.7 Estudiar y aprobar el programa anual mensualizado de Caja (PAC), de los recursos propios. 6.8 Las demás que le señalen las Leyes y sus estatutos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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