Micelio

Artículo 22

Decreto 2451 de 1943 · Por el cual se reglamentan las disposiciones de la Ley 2ª de 1943, sobre administración de las Intendencias y Comisarias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son Corregimientos intendenciales: En la Intendencia del Chocó: Sipí, Juradó, Lloró, Neguá, Palestina, Alto Baudó, Cértegui, Valencia, Bahía de Solano y Opogodó. En la Intendencia del Meta: Acacías, El Calvario, Cumaral, Yacuana, Surimena, San Pedro de Arimena, Cabuyaro, Barranca de Upía y Uribe. En la Intendencia de San Andrés y Providencia: Providencia. En la Comisaria de Arauca: Arauca, Arauquita, Tame, Rondón, Cravo Norte, San Salvador y San Lope. En la Comisaría del Amazonas: Leticia, Atacuarí, Santa Clara, La Chorrera, Buenos Aires, Miriti, Paraná, El Encanto, Caucaya, La Pedrera, La Tagua y Araracuara. En la Comisaría del Caquetá: Curiplaya, Guacamayas, Puerto Rico, Belén, Solano, Morelia, La Montañita, San Jorge y SanVicente. En la Comisaria de La Guajira: Uribia, Castilletes, Maicano, Manaure, El Pájaro, Puerto López y Bahíahonda. En la Comisaría del Putumayo: Mocoa, Colón, Santiago, Sibundoy, San Francisco, Puerto Asís, Puerto Ospina, Limón y Umbría. En la Comisaría del Vaupés: Mitú, San José del Guaviare y Yavaraté. En la Comisaria del Vichada: Puerto Carreño, Amanavén, Nueva Antioquia, Murillo Toro y Puerto Nariño.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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