Micelio

Artículo 2.2.1.2.1.6

Jamaica

Decreto 1067 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Jamaica. Fíjense las circunscripciones para la Oficina Consular acreditada en Jamaica.

Kingston. Jamaica, Antigua y Barbuda, Federación de San Cristóbal y Nieves, Islas Caimán, Mancomunidad de Dominica, Mancomunidad de las Bahamas y Santa Lucía.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.1.2.1.6.Jamaica. Fíjense las circunscripciones para la Oficina Consular acreditada en Jamaica.

Kingston. Jamaica, Antigua y Barbuda, Federación de San Cristóbal y Nieves, Mancomunidad de Dominica, Mancomunidad de las Bahamas y Santa Lucía.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.1.2.1.6. Jamaica. Fíjense las circunscripciones para las Oficinas Consulares acreditadas en la República de Jamaica.

Kingston. Jamaica e Islas Caimán.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1067 de 2015