Micelio

Artículo 6

Los Empleados Públicos De La Unidad Administrativa Especial Del Sistema De Parques Nacionales Naturales Del Ministerio De Ambiente, Vivienda Y Desarrollo Territorial, A Quienes Se Les Suprima El Cargo, Continuarán Percibiendo La Remuneración Mensual Correspondiente A Los Empleos De Los Que Son Titulares, Hasta Tanto Se Produzca La Incorporación A Los Nuevos Empleos Que Se Crean En La Planta De Personal De La Unidad Administrativa Especial Del Sistema De Parques Nacionales Naturales Del Ministerio De Ambiente, Vivienda Y Desarrollo Territorial Y Tomen Posesión Del Cargo

Decreto 3378 de 2007 · por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, a quienes se les suprima el cargo, continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos de los que son titulares, hasta tanto se produzca la incorporación a los nuevos empleos que se crean en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y tomen posesión del cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3378 de 2007