Micelio

Artículo 216

Decreto 1056 de 1953 · Por el cual se expide el Código de Petróleos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los efectos del artículo 62 se entiende por período de exploración el anterior a la iniciación de la explotación, ya sea que se trate de exploraciones superficiales o de exploraciones con taladro. Por exploración en general se entiende el conjunto de trabajos tendientes a la búsqueda del petróleo, así sea éste de propiedad nacional o de propiedad particular. La iniciación del período de explotación será fijada, en cada caso, por el Ministerio de Minas y Petróleos de acuerdo con las leyes, reglamentos o contratos administrativos que rijan sobre la materia en el año gravable de que se trate, y comunicada al Administrador de Hacienda Nacional del domicilio del contribuyente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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