Micelio

Artículo 19

Decreto 284 de 1992 · por el cual se reglamenta el servicio de radiodifusión sonora.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Losconcesionario del servicio de radiodifusión sonora podrán ceder por acto entre vivos o transmitir por causa de muerte, los contratos de con cesión con autorización previa del Ministerio de Comunicaciones, de conformidad con los procedimientos y requisitos establecidos en este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 284 de 1992