La convocatoria a los concursos se fijará en lugar visible de acceso a la entidad y de concurrencia pública, por lo menos con cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha de iniciación de las inscripciones de los aspirantes y por todo el tiempo determinado para las inscripciones, y en sitios visibles del lugar donde funcionen las Comisiones Nacional o Seccional del Servicio Civil, según el caso. La convocatoria también podrá fijarse en centros educativos, asociaciones de profesionales y demás sitios que permitan el reclutamiento de candidatos. Reclutamiento e inscripciones
Decreto 2329 de 1995 →Vigente
Artículo 15
Decreto 2329 de 1995 · por el cual se reglamenta el capítulo I del Decreto-ley número 1222 de junio 28 de 1993, los artículos 7 y 10 de la Ley 190 de 1995 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.