El presupuesto de la Universidad Surcolombiana deberá sujetarse a las normas contenidas en el Capítulo V del Título Tercero del Decreto extraordinario 80 de 1980 y a los principios generales de la Ley Orgánica del Presupuesto Nacional. Deberá estructurarse por programas y contener, como mínimo, los siguientes aspectos
Objetivos generales y específicos del plan de desarrollo de la institución y de los programas para cumplir en la correspondiente vigencia;
Descripción de cada programa;
Determinación de la unidad responsable de cada programa;
Identificación clara y precisa de los ingresos clasificados de acuerdo con la fuente y el concepto que los origina;
Monto y distribución por objeto del gasto, programa y unidad ejecutora del mismo.