Micelio

Artículo 12

Decreto 2662 de 1999 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina Asesora Jurídica . Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica

1.

Asesorar a la Dirección General y a las demás dependencias del Instituto en la interpretación de las normas constitucionales y legales y en los asuntos de carácter jurídico de la entidad.

2.

Resolver las consultas formuladas por los organismos públicos y privados, así como por los usuarios y particulares, de conformidad con las normas que rigen los servicios y funciones del Instituto.

3.

Representar judicialmente a la entidad en los procesos que se instauren en su contra o que ésta deba promover.

4.

Elaborar los contratos que celebre el Instituto y responder por el proceso de perfeccionamiento y legalización de los mismos.

5.

Adelantar los procesos licitatorios que requiera la entidad.

6.

Rendir los informes en materia de contratación estatal a las autoridades correspondientes.

7.

Custodiar los contratos celebrados durante cada vigencia fiscal en ejecución; para su posterior remisión al archivo general del Instituto una vez liquidados.

8.

Elaborar y presentar al Director General, proyectos e iniciativas legales relacionadas con la misión institucional.

9.

Estudiar y conceptuar sobre proyectos de decretos, acuerdos, resoluciones, convenios y demás actos administrativos que deba expedir o proponer el Instituto.

10.

Compilar las normas legales, los conceptos, la jurisprudencia y la doctrina relacionadas con la actividad de la institución y velar por su actualización y difusión.

11.

Coordinar el desarrollo de las investigaciones que en el campo jurídico requiera el Instituto.

12.

Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean asignadas por el Director General y las normas vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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