°. La comisión asesora confirmará comités especializados de trabajo para las distintas materias previstas en la ley de facultades, en los cuales podrán tomar parte funcionarios de las diversas dependencias de la administración nacional. Podrá solicitarse, igualmente, la colaboración de expertos nacionales o extranjeros para el estudio de las materias objeto de la ley de facultades.
Decreto 792 de 1973 →Vigente
Artículo 2
La Comisión Asesora Confirmará Comités Especializados De Trabajo Para Las Distintas Materias Previstas En La Ley De Facultades, En Los Cuales Podrán Tomar Parte Funcionarios De Las Diversas Dependencias De La Administración Nacional
Decreto 792 de 1973 · Por el cual se crea una comisión asesora del Presidente de la República en el desarrollo de las facultades extraordinarias para revisar la organización administrativa nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.