Micelio

Artículo 1

Decreto 435 de 1947 · Por el cual se reorganiza la prestación de unos servicios en el Ministerio de la Economía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Desde el 1° de febrero del año en curso, los trabajadores, de las oficinas del Ministerio de la Economía Nacional en Bogotá, que venían pagándose por jornal y que por la índole de sus funciones deben tener carácter de empleados, serán pagados por medio de nóminas de acuerdo con las denominaciones y sueldos mensuales que enseguida se anotan y con cargo a las partidas del Presupuesto vigente que aquí se indican.

Departamento de Negocios Generales (Capitulo 52, artículo 767).

Departamento de Negocios Generales (Capitulo 52,articulos 765 y 771)

Departamento de Proveeduría y Almacenes (Capítulo 54, artículo 777)

Departamento Nacional de Agricultura (Capítulo 55, artículos 782 y 804).

Departamento Nacional de Ganadería (Capitulo 56 artículos 854 y 862).

Departamento de Irrigación (Capítulo 58, artículo 930).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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