Micelio

Artículo 18

El Director Del Programa Presidencial Para Medellín Y Su Area Metropolitana Cumplirá Las Siguientes Funciones: A) Coordinar La Ejecución De Los Proyectos Que Emprenda El Gobierno Nacional Para Medellín Y Su Area Metropolitana, De Acuerdo Con Las Instrucciones Que Reciba Del Presidente De La República; B) Propiciar Mecanismos De Concertación Entre Las Autoridades De Los Niveles Nacional, Departamental, Metropolitano Y Municipal, Para La Unificación De Objetivos Y La Realización De Programas Que Contribuyan A La Tranquilidad De Los Habitantes De Medellín Y Su Area Metropolitana; C) Promover La Obtención De Recursos De Cooperación Internacional Para Financiar Y Apoyar Estudios, Programas Y Proyectos Relacionados Con El Tema De Su Competencia; D) Coordinar La Elaboración De Estudios E Investigaciones Tendientes A Determinar Los Factores Sociales Y Económicos Que Puedan Incidir En La Perturbación De La Tranquilidad Ciudadana En Medellín Y Su Area Metropolitana, Con El Objeto De Recomendar Las Acciones Que Se Consideren Indicadas; E) Coordinar Con El Departamento Nacional De Planeación Y Con Las Entidades De Planeación De Medellín, El Establecimiento De Los Indicadores Sociales Y Económicos Que Permitan El Seguimiento Y Evaluación De Los Resultados Generales De La Política Y Del Desempeño Particular De Las Actividades Emprendidas; F) Recomendar A Las Entidades Nacionales La Adopción De Las Políticas, Programas Y Proyectos Específicos Que Contribuyan Al Cumplimiento De Los Objetivos Buscados; G) Promover, De Acuerdo Con Las Instrucciones Que Le Imparte El Presidente De La República, La Ejecución De Programas Y Proyectos En Los Cuales Se Complementen Esfuerzos Nacionales, Municipales, Del Sector Empresarial Y De La Comunidad, Para El Mejoramiento De Las Condiciones De Vida Y La Atención De Necesidades Básicas En Materia De Salud, Educación, Cultura Y Recreación Para Medellín Y Su Area Metropolitana; H) Asesorar Al Presidente De La República En La Discusión, Aprobación Y Desarrollo De Planes, Programas Y Proyectos Relacionados Con La Ciudad De Medellín Y Su Area Metropolitana; I) Presentar En Foros Y Reuniones, De Acuerdo Con Las Instrucciones Del Presidente De La República, La Política Del Gobierno Y Sus Planes De Acción Para La Ciudad De Medellín Y Su Area Metropolitana; J) Propiciar, De Acuerdo Con Las Indicaciones Del Presidente De La República, Campañas Y Estrategias De Información, Divulgación Y Promoción De Las Actividades Y Planes De Acción Del Gobierno Nacional Para Medellín Y Su Area Metropolitana; K) Recopilar La Documentación, Procesar La Información Existente Y Preparar Documentos De Apoyo Para Sustentar La Toma De Decisiones Por Parte Del Gobierno Nacional, En Relación Con Los Programas Y Acciones Para La Ciudad De Medellín Y Su Area Metropolitana; L) Las Demás Que Le Asigne El Presidente De La República

Decreto 1860 de 1991 · por el cual se crean unos empleos en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repùblica.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Director del Programa Presidencial para Medellín y su Area Metropolitana cumplirá las siguientes funciones

a)

Coordinar la ejecución de los proyectos que emprenda el Gobierno Nacional para Medellín y su Area Metropolitana, de acuerdo con las instrucciones que reciba del Presidente de la República;

b)

Propiciar mecanismos de concertación entre las autoridades de los niveles nacional, departamental, metropolitano y municipal, para la unificación de objetivos y la realización de programas que contribuyan a la tranquilidad de los habitantes de Medellín y su Area Metropolitana;

c)

Promover la obtención de recursos de cooperación internacional para financiar y apoyar estudios, programas y proyectos relacionados con el tema de su competencia;

d)

Coordinar la elaboración de estudios e investigaciones tendientes a determinar los factores sociales y económicos que puedan incidir en la perturbación de la tranquilidad ciudadana en Medellín y su Area Metropolitana, con el objeto de recomendar las acciones que se consideren indicadas;

e)

Coordinar con el Departamento Nacional de Planeación y con las entidades de planeación de Medellín, el establecimiento de los indicadores sociales y económicos que permitan el seguimiento y evaluación de los resultados generales de la política y del desempeño particular de las actividades emprendidas;

f)

Recomendar a las entidades nacionales la adopción de las políticas, programas y proyectos específicos que contribuyan al cumplimiento de los objetivos buscados;

g)

Promover, de acuerdo con las instrucciones que le imparte el Presidente de la República, la ejecución de programas y proyectos en los cuales se complementen esfuerzos nacionales, municipales, del sector empresarial y de la comunidad, para el mejoramiento de las condiciones de vida y la atención de necesidades básicas en materia de salud, educación, cultura y recreación para Medellín y su Area Metropolitana;

h)

Asesorar al Presidente de la República en la discusión, aprobación y desarrollo de planes, programas y proyectos relacionados con la ciudad de Medellín y su Area Metropolitana;

i)

Presentar en foros y reuniones, de acuerdo con las instrucciones del Presidente de la República, la política del Gobierno y sus planes de acción para la ciudad de Medellín y su Area Metropolitana;

j)

Propiciar, de acuerdo con las indicaciones del Presidente de la República, campañas y estrategias de información, divulgación y promoción de las actividades y planes de acción del Gobierno Nacional para Medellín y su Area Metropolitana;

k)

Recopilar la documentación, procesar la información existente y preparar documentos de apoyo para sustentar la toma de decisiones por parte del Gobierno Nacional, en relación con los programas y acciones para la ciudad de Medellín y su Area Metropolitana;

l)

Las demás que le asigne el Presidente de la República.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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