La duración del servicio en el cuerpo auxiliar de la policía Nacional será igual a la que, en todo tiempo, rija para quienes presten el servicio militar obligatorio en el Ejército Nacional. CAPITULO V De la capacitación de agentes auxiliares
Decreto 750 de 1977 →Vigente
Artículo 15
La Duración Del Servicio En El Cuerpo Auxiliar De La Policía Nacional Será Igual A La Que, En Todo Tiempo, Rija Para Quienes Presten El Servicio Militar Obligatorio En El Ejército Nacional
Decreto 750 de 1977 · Por el cual se reglamenta la ley 2ª de 1977
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.