Igualmente la Nación incluirá en el Presupuesto de Educación una partida de quinientos mil pesos ($500.000.00) anuales, para atender a la dotación y sostenimiento del mencionado plantel.
Ley 37 de 1968 →Vigente
Artículo 2
Ley 37 de 1968 · Por la cual la Nación coopera a la terminación de una obra destinada a la formación de la niñez abandonada
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.