Micelio

Artículo 30

Los Contratos O Pedidos, Cualquiera Que Sea Su Cuantía, Que Celebren Los Fondos Rotatorios En El País O En El Exterior, Para Si O Para Su Respectiva Fuerza O Policía Nacional, Se Perfeccionaran Mediante La Aprobación De Las Juntas Directivas O De Los Gerentes Generales, Según El Caso, De Acuerdo Con Las Facultades Que A Este Competen En Relación Con La Cuantía Del Contrato O Pedido

Decreto 1894 de 1969 · por el cual se aprueban los Estatutos de los Fondos Rotatorios de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los contratos o pedidos, cualquiera que sea su cuantía, que celebren los Fondos Rotatorios en el país o en el exterior, para si o para su respectiva Fuerza o Policía Nacional, se perfeccionaran mediante la aprobación de las Juntas Directivas o de los Gerentes Generales, según el caso, de acuerdo con las facultades que a este competen en relación con la cuantía del contrato o pedido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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