°. Deberes de los integrantes . Los integrantes de la Comisión tienen los siguientes deberes
Presentar proyectos de plan de trabajo que desarrollen las funciones de la Comisión y darle cumplimiento.
Proponer dentro del plan de trabajo cronogramas de las visitas que desarrollará la Comisión a los establecimientos de reclusión de país y participar en la elaboración de los correspondientes informes.
Asistir a las sesiones ordinarias previamente programadas. Así mismo, asistir a las sesiones extraordinarias que sean convocadas. Los integrantes de la Comisión no podrán enviar delegados a las sesiones ordinarias ni a las sesiones extraordinarias.
Justificarse en caso de inasistencia, dentro de los tres (3) días siguientes a la sesión. La justificación deberá ser presentada ante la secretaría técnica de la Comisión.
Asistir y participar activamente en las visitas programadas a los establecimientos de reclusión del país, cuando así lo determine la Comisión.
Las demás que se establezcan en este decreto o que se requieran para el buen funcionamiento de la Comisión. El incumplimiento injustificado de los deberes contenidos en los numerales anteriores es causal para que el presidente de la Comisión revoque, previa decisión de la Comisión, el nombramiento del integrante correspondiente. Con el fin de suplir las vacantes derivadas de la revocatoria se surtirá el procedimiento establecido en el artículo tercero del presente decreto.