Son funciones de la Junta Directiva las siguientes.
Elaborar y reformar los estatutos de la Corporación, con la posterior aprobación del Gobierno Nacional;
Nombrara el Director Ejecutivo;
Asesorar al Director Ejecutivo en la adopción de programas de trabajo;
Adoptar, de acuerdo con el Director Ejecutivo, la política administrativa de la Corporación;
Crear los cargos indispensables y señalarles funciones y asignaciones. Cuando estas últimas excedan de $4.000.oo mensuales, requerirán la aprobación del Gobierno Nacional;
Aprobar los contratos para cuya celebración no hubiere previamente autorizado al Director Ejecutivo;
Establecer cuáles de los servicios prestados por la Corporación deben ser retribuidos por medio de tasas y fijar su cuantía y modo de exigirlas, debiéndolas someter, en los casos contemplados en la ley, a la aprobación previa de las entidades correspondientes;
Elaborar el presupuesto anual de ingresos, gastos e inversiones;
Adoptar planes y proyectos para el desarrollo de la región, después de que así lo aconsejen los informes y estudios correspondientes, teniendo en cuenta las necesidades presentes y futuras de las plantas eléctricas que utilizan las aguas del Río Suárez y las de regadío de las regiones aledañas a su curso;
Dictar los reglamentos de los servicios que preste la Corporación, que deberá someter a la aprobación definitiva de los organismos nacionales competentes, cuando así lo exija la ley;
Establecer cuáles de las obras de la Corporación darán lugar al impuesto de valorización, liquidar dicho impuesto y determinar la manera de cobrarlo, todo de conformidad con las leyes que reglamentan la materia;
Ordenar la ejecución de obras dentro de los planes adoptados y adoptar toda clase de decisiones en relación con ellas;
ll. Darse su propio reglamento, y
En fin, ejercitar todas las funciones hay ordenar todos los actos y contratos tendientes al mejor cumplimiento de los fines esenciales de la Corporación, como órgano supremo que es de la misma.