° El artículo 5° del Decreto 2769 de 1991 quedará así: "La asamblea de los trabajadores, reunida para los efectos previstos en el artículo 1°, podrá deliberar con cualquier número plural de asistentes. Las decisiones se tomarán por mayoría de los votos presentes. Para estos efectos, el trabajador tendrá tantos votos como unidades posea en el fondo".
Decreto 545 de 1993 →Vigente
Artículo 1
El Artículo 5° Del Decreto 2769 De 1991 Quedará Así: "la Asamblea De Los Trabajadores, Reunida Para Los Efectos Previstos En El Artículo 1°, Podrá Deliberar Con Cualquier Número Plural De Asistentes
Decreto 545 de 1993 · por el cual se dictan normas relacionadas con la elección de los representantes de los trabajadores en las Juntas o Consejos Directivos de las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.