Evaluación. El Departamento Nacional de Planeación (DNP) en coordinación con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, realizará evaluaciones periódicas sobre la implementación de las disposiciones formuladas en la presente ley. En consecuencia, deberá rendir un informe anual con indicadores de resultados a las comisiones quintas del Senado de la República y de la Cámara de Representantes.
Este informe deberá incluir como mínimo el número de pequeños, medianos y grandes productores que han obtenido la Certificación NTC 6550:2021 y cuántos se encuentran en proceso de obtención, el número de hectáreas y cabezas de ganado que se encuentran cobijadas con dicho sello, datos de monitoreo de indicadores de mitigación y adaptación de medidas implementadas en fincas certificadas, entre otros datos que puedan permitir un seguimiento y trazabilidad de la aplicación de esta ley, y la inclusión de estos datos al Sistema Nacional de Información Sobre Cambio Climático (SNICC) o el que haga sus veces.
En cumplimiento de esta obligación las referidas autoridades deberán emitir una serie de indicadores que se verán reflejados en dicho informe y permitirán la medición de los resultados obtenidos.
Los indicadores deberán contener: Estado de interoperabilidad de los sistemas con indicadores de resultados que evidencien su avance, cantidad de Sellos y certificados expedidos, reportando características de los beneficiarios y principales medidas certificadas, reportes de interoperabilidad de los sistemas que den cuenta de la información predial, ganadera y de deforestación, resultados y estrategias de decisiones del Conaldef, implementación y resultado de las zonas de alta vigilancia.
Se asegurará la compatibilidad de los indicadores de productividad y sostenibilidad con los indicadores de adaptación para evitar doble reporte. El monitoreo de los indicadores de adaptación y mitigación permite reportar los efectos de las medidas sostenibles conforme al Sistema Nacional de Información Sobre Cambio Climático (SNICC) o el que haga sus veces.
Para la formulación de los indicadores mencionados en este artículo, se vinculará al sector académico, entidades territoriales, corporaciones autónomas regionales, gremios y asociaciones de productores.