Reserva. Ningún miembro de la Junta Directiva, funcionario o trabajador de la Zona Franca podrá revelar los planes, programas, proyectos y actos que se encuentren en estudio o en proyecto de adopción, salvo que la Junta o el Gerente hayan autorizado la información. La violación de esta norma se tendrá como causal de mala conducta sancionable conforme a la ley. Todo informe sobre asuntos resueltos o adoptados que debe ponerse en conocimiento del público en general, o de personas en particular así como la información que se dé a éstos sobre el trámite o estado de sus negocios, se suministrarán conforme a la reglamentación legal o con la autorización, en cada caso concreto, del funcionario correspondiente.
Decreto 2829 de 1974 →Vigente
Artículo 44
Reserva
Decreto 2829 de 1974 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cúcuta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.