Control Fiscal. Corresponde a la Contraloría General de la República ejercer la vigilancia de la gestión fiscal, la cual se ejercerá en forma posterior y selectiva, conforme a los procedimientos, sistemas y principios establecidos en el artículo 267 de la Constitución Política, la Ley 42 de 1993 y las demás disposiciones que la complementen, adicionen o modifiquen. CAPITULO II Disposiciones Varias
Decreto 1132 de 1999 →Inexequible
Artículo 25
Decreto 1132 de 1999 · por el cual se reestructura el Fondo Nacional de Ahorro
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.