Micelio

Artículo 3

Ley 50 de 1965 · Por la cual se ordena la creación de una Escuela de Artes y Oficios en Cajibío (Cauca)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La partida que se necesite para la fundación de la Escuela se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia. Si no fuere incluída la partida, facúltase al Gobierno para hacerlas traslaciones del caso en el Presupuesto Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 50 de 1965