Micelio

Artículo 1

º

Decreto 680 de 2002 · Por el cual se fija el valor del punto para el personal Técnico-Científico del Instituto Geográfico Agustín Codazzi y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . A partir del 1º de enero de 2002, el valor del punto para el personal Técnico-Científico del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, será de cinco mil novecientos ochenta y siete pesos ($5.987.00) M/cte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 680 de 2002