Micelio

Artículo 211

Ley 61 de 1905 · Que organiza la Hacienda Nacional - (Conclusión)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 211. La Corte de Cuentas se compondrá de cinco Magistrados, que serán nombrados por la Cámara de Representantes y durarán en sus destinos por un período de cuatro años, que empezarán á contarse desde el 1º de Enero siguiente á su nombramiento.

Parágrafo

En receso de la Cámara hará los nombramientos el Poder Ejecutivo, de acuerdo con el Código de Régimen Político y Municipal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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