Micelio

Artículo 7

Subdirección Técnica

Decreto 2883 de 2007 · por el cual se modifica la estructura de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Subdirección Técnica . Son funciones de la Subdirección Técnica, las siguientes

1.

Coordinar y preparar los estudios de diagnóstico sobre las distintas actividades y sectores de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo a cargo de la Institución.

2.

Coordinar la elaboración de estudios técnicos, económicos, econométricos y estadísticos para los proyectos de regulación de carácter general y particular.

3.

Preparar los actos administrativos de carácter general o particular y sus respectivos documentos de trabajo.

4.

Desarrollar metodologías de costos y tarifas y proyectar resoluciones de carácter general o particular que sean del caso.

5.

Preparar estudios del impacto que generan, en los diferentes sectores, las resoluciones expedidas por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y hacer el seguimiento respectivo.

6.

Coordinar la realización de estudios o medidas, cuando fuere procedente, respecto de las conductas que restringen la competencia o se constituyen en abuso de posesión dominante.

7.

Revisar los estudios de costos que remitan a la Institución las personas prestadoras de los servicios públicos, de acueducto, alcantarillado y aseo, para la elaboración del respectivo concepto.

8.

Apoyar técnicamente a las instancias competentes, en los procesos tendientes a la suscripción de convenios de facturación conjunta, elaboración de conceptos para la toma de posesión de empresas, resolución de conflictos y demás asuntos de competencia de la Institución.

9.

Participar en el desarrollo de modelos y programas que requiera la Institución para el ejercicio de sus funciones regulatorias.

10.

Desarrollar estudios necesarios para definir los mecanismos de regulación de los servicios de agua potable y saneamiento básico en concordancia con las políticas sectoriales.

11.

Coordinar y ejecutar las estrategias de difusión y socialización de las propuestas y desarrollos regulatorios de acuerdo con las directrices de la Dirección Ejecutiva.

12.

Conceptuar y responder las solicitudes de información, derechos de petición y demás requerimientos en los temas de su competencia.

13.

Recopilar, procesar, consolidar y revisar la información estadística necesaria para el desarrollo y seguimiento de las actividades de regulación económica y políticas de la competencia con relación a los servicios de agua potable y saneamiento básico.

14.

Coordinar el desarrollo de los sistemas de información requeridos como apoyo a la función reguladora, y velar por su permanente integración con el Sistema Unico de Información desarrollado y administrado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, SSPD.

15.

Las demás que se le asignen de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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