Los introductores por la Aduana de Cúcuta que quieran hacer uso del derecho concedido en el artículo 16 del Decreto 1240 de 1905 (Diario Oficial número 12485), deberán llenar los requisitos exigidos en el mismo Decreto.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.