°. Duración del proceso de liquidación y terminación de la existencia legal. El proceso de liquidación de la entidad deberá concluir, a más tardar, en un plazo de un (1) año contado a partir de la entrada en vigencia del presente decreto. En caso de que la liquidación no se concluya en el plazo señalado, el mismo podrá ser prorrogado hasta por un término igual, previa solicitud escrita y motivada del Liquidador presentada al Ministerio de Minas y Energía.
Decreto 3000 de 2011 →Vigente
Artículo 3
Duración Del Proceso De Liquidación Y Terminación De La Existencia Legal
Decreto 3000 de 2011 · por el cual se ordena la disolución y liquidación de la Corpo-ración Eléctrica de la Costa Atlántica S. A. E.S.P. - Corelca S. A. E.S.P.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
prorroga (plazo) por decreto 1735/12 prorroga (plazo) por decreto 1768/13 prorroga (plazo) por decreto 2419/13 prorroga (plazo) por decreto 326/13
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.