Micelio

Artículo 3

El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público - Dirección General Del Presupuesto, Se Abstendrá De Tramitar Las Solicitudes De Acuerdo Mensual De Gastos O Modificaciones A Sus Presupuestos De Ingresos Y Gastos De Las Entidades De Que Trata El Presente Decreto, Hasta Tanto Dicha Dirección Reciba La Factura De Traspaso De Fondos De La Dirección General De Tesorería, En La Fecha Y Cuantías Señaladas En El Presente Decreto

Decreto 2188 de 1990 · por el cual se determina el plazo y actos para la consignación del superávit de los establecimientos públicos y las utilidades de las empresas industriales y comerciales del Estado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto, se abstendrá de tramitar las solicitudes de acuerdo mensual de gastos o modificaciones a sus presupuestos de ingresos y gastos de las entidades de que trata el presente Decreto, hasta tanto dicha Dirección reciba la factura de traspaso de fondos de la Dirección General de Tesorería, en la fecha y cuantías señaladas en el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2188 de 1990