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Artículo unico

Ley 18921116 de 1892 · Por la cual se concede una pensión á las hijas solteras del Dr. Vicente Borrero

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Concédese del Tesoro público una pensión de cuarenta pesos ($

40) á cada una de las Srtas. María Antonia y Marta Josefa Borrero, hijas solteras del Prócer de la Independencia Dr. Vicente Borrero y Costa. La suma necesaria para dar cumplimiento á esta ley se considerará incluída en el Presupuesto de Gastos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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