Micelio

Artículo 18

Decreto 16 de 1997 · por el cual se reglamenta la integración, el funcionamiento y la red de los comités Nacional, Seccionales y Locales de Salud Ocupacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de los Comités Locales de Salud Ocupacional. Son funciones de los Comités Locales de Salud Ocupacional las siguientes

1.

Además de las señaladas para los comités seccionales, servir como órgano consultor y asesor del Inspector de Trabajo y Seguridad Social y del comité seccional de Salud Ocupacional, en la ejecución y definición de acciones y políticas en materia del Sistema General de Riesgos Profesionales.

2.

Establecer las acciones de Salud Ocupacional en su jurisdicción, con base en el Plan Nacional y Departamental de Salud Ocupacional y las acciones establecidas por el Comité Seccional de Salud Ocupacional.

3.

Establecer un sistema de información sobre el cumplimiento de las normas de Salud Ocupacional e impulsar campañas, programas y eventos de divulgación, publicación y capacitación en Riesgos Profesionales, en su jurisdicción.

4.

Sugerir y recomendar al Comité Seccional de Salud Ocupacional, la normatividad requerida para el buen funcionamiento del Sistema General de Riesgos Profesionales.

5.

Asesorar a las entidades locales en la formulación de los planes de Salud Ocupacional.

6.

Impulsar planes tendientes a la formación del recurso humano y divulgación, en lo relacionado con medicina e higiene ocupacional, seguridad industrial y otras áreas de la Salud Ocupacional.

7.

Las demás que le sean asignadas por el Comité Nacional o Seccional de Salud Ocupacional, o la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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