Micelio

Artículo 19

De Las Sumas Destinadas A Los Aportes Nacionales, O De Las Provenientes Del Fondo Rotatorio Nacional, Sólo Podrán Entregarse A Los Departamentos, Para Crear O Aumentar Los Fondos Rotatorios Que Establezcan O Tengan Establecidos, Cantidades Inferiores, O Cuando Más Iguales, Al Valor Total De Las Que Ya Les Correspondan Por Las Construcciones Cuyas Solicitudes Sobre Aportes Nacionales Hayan Sido Aceptadas Por La Nación

Decreto 3145 de 1936 · Por el cual se reglamenta la Ley 65 de 1936, sobre abastecimiento de agua potable a los Municipios de la República y sobre creación de la Sección Especial de Acueductos en el Ministerio de Obras Públicas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las sumas destinadas a los aportes nacionales, o de las provenientes del fondo rotatorio nacional, sólo podrán entregarse a los Departamentos, para crear o aumentar los fondos rotatorios que establezcan o tengan establecidos, cantidades inferiores, o cuando más iguales, al valor total de las que ya les correspondan por las construcciones cuyas solicitudes sobre aportes nacionales hayan sido aceptadas por la Nación. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3145 de 1936