Micelio

Artículo 2.1.2.3.5

Deber De Consultar

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Deber de consultar. Cuando la Constitución y la ley ordenen que, para la expedición de un decreto o resolución de carácter general y abstracto, o de un acto administrativo de contenido regulatorio, se deba contar con el concepto de una autoridad pública o un determinado grupo de interés o grupo étnico, en atención a la naturaleza del proyecto de reglamentación, deberá adelantarse la gestión y anexarse a la memoria justificativa la constancia que acredite que se ha cumplido dicho trámite.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1081 de 2015