Micelio

Artículo 9

Ley 3 de 1945 · LEY 3 DE 1945, 19/02/1945, Sobre código de justicia penal militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando se trate de infracciones cometidas, conjuntamente, por agentes sometidos a la jurisdicción militar y por particulares que no lo estén, debe sacarse copia de lo conducente y enviarse a los funcionarios competentes de la justicia ordinaria, para el juzgamiento de los últimos y salvo las excepciones establecidas en este Código.

Parágrafo

Cuando la pena no este señalada en el Código Penal común, se impone la correspondiente prevista en este Código,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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