Micelio

Artículo 171

Reserva De Primera Clase De Suboficiales Del Ejército

Decreto 612 de 1977 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reserva de primera clase de Suboficiales del Ejército. La reserva de primera clase de Suboficiales del ejército está constituida por los siguientes individuos, mientras no hayan cumplido los cincuenta y cinco (55) años de edad y reúnan las condiciones de aptitud sicofísica requeridas

a)

Los Suboficiales del Ejército en situación de retiro;

b)

Las personas que hayan realizado y aprobado los cursos especiales para graduarse como Suboficiales de reserva;

c)

Los ex - alumnos de las escuelas de formación de Oficiales o de academias militares aprobadas por el Gobierno que hayan obtenido un grado como Suboficiales de reserva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 612 de 1977