Micelio

Artículo 26

El Ingreso A Una Asociación Gremial De Quien Haya Sido Excluido De Otra Agremiación, Debe Ser Resuelto Por La Asamblea General Mediante La Decisión De Las Dos Terceras Partes (2/3) De Sus Miembros

Decreto 829 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 3° del Decreto 133 de 1976

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ingreso a una asociación gremial de quien haya sido excluido de otra agremiación, debe ser resuelto por la asamblea general mediante la decisión de las dos terceras partes (2/3) de sus miembros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 829 de 1984