Micelio

Artículo 4

Reuniones

Decreto 4719 de 2010 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial de la Red de Protección Social para la Superación de la Pobreza Extrema, Red Juntos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Reuniones. La Comisión Intersectorial de la Red Juntos -Cijuntos-, sesionará una (1) vez cada mes, previa convocatoria realizada por la Secretaría Técnica, con una antelación no menor de 8 días hábiles anteriores a su celebración y extraordinariamente a solicitud de sus Presidentes. La Alta Consejería Presidencial para la Prosperidad Social, definirá la agenda de cada sesión, con el apoyo de la Secretaría Técnica.

Parágrafo 1

La Comisión sesionará con la mitad más uno de sus miembros y las decisiones se tomarán por mayoría simple. Las sesiones serán presenciales, sin perjuicio de la celebración de reuniones virtuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4719 de 2010