Micelio

Artículo 185

El Beneficiario O Concesionario Tiene Derecho A Visitar Las Minas Contiguas, Previo Aviso A Sus Titulares O Administradores, Cuando Tema Internación De Los Trabajos De Su Explotación, Inundación, Derrumbe O Cualquiera Labor Que Pueda Perjudicarlo

Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El beneficiario o concesionario tiene derecho a visitar las minas contiguas, previo aviso a sus titulares o administradores, cuando tema internación de los trabajos de su explotación, inundación, derrumbe o cualquiera labor que pueda perjudicarlo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2477 de 1986