Todo alumno presentará examen, al fin del año, sobre la materia ó materias correspondientes cada uno de los cursos en que se hubiere matriculado. Estos exámenes los verificarán por turnos los Catedráticos de la Escuela, distribuidos en secciones de á tres, por el Rector.
Decreto 804 de 1911 →Vigente
Artículo 104
Todo Alumno Presentará Examen, Al Fin Del Año, Sobre La Materia Ó Materias Correspondientes Cada Uno De Los Cursos En Que Se Hubiere Matriculado
Decreto 804 de 1911 · Sobre Estatutos de la Escuela Nacional de Minas de Medellín
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.