Micelio

Artículo 3.8.1.6

- Constitucion De Fondos Mutuos De Inversion Por Varias Empresas

Decreto 653 de 1993 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 3.8.1.6.- CONSTITUCION DE FONDOS MUTUOS DE INVERSION POR VARIAS EMPRESAS. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 3.8.1.1 del presente Estatuto, cuando el Fondo se organice por grupos de empresas, se requerirá que entre todas ellas ocupen por lo menos veinte (20) trabajadores y que la suma de sus activos brutos sea igual o superior a cien millones de pesos ($100. 000. 000.00). El Fondo podrá ser organizado por grupos de empresas que funcionen en una misma región, o por grupos de empresas que se dediquen a una misma actividad. Cuando el Fondo se organice por grupos de empresas, la contribución de cada una de ellas se referirá al monto de los aportes de sus respectivos trabajadores. CAPITULO II DE LOS APORTES, CONTRIBUCIONES, RENDIMIENTOS Y FONDOS DE PERSEVERANCIA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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