El que apoye o facilite la evasión de un prisionero, incurre en prisión de seis meses a dos años.
En la misma pena incurren los encargados de su custodia. Si la evasión se comete por descuido o negligencia, la pena anterior se reduce a la mitad.
Ley 3 de 1945 · LEY 3 DE 1945, 19/02/1945, Sobre código de justicia penal militar
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El que apoye o facilite la evasión de un prisionero, incurre en prisión de seis meses a dos años.
En la misma pena incurren los encargados de su custodia. Si la evasión se comete por descuido o negligencia, la pena anterior se reduce a la mitad.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.