Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 66 Departamento de Asistencia Pública y Previsión Social. Del artículo 746. Para auxilios destinados al sostenimiento y dotación de los hospitales del país, dentro del plan de Asistencia Pública y Hospitalaria Nacional, que complementa las Campañas Sanitarias, según Decreto legislativo número 2554 de 1950, suma que distribuirá el Gobierno Nacional, en el año $ 30.000.00 SUMAN LOS CONTRACREDITOS $ 30.000.00 CAPITULO 67 Gastos Varios Al artículo 765-A. Para pagar en la actual vigencia, la cuota correspondiete del auxilio concedido a la Federación Odontológica Latinoamericana, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto extraordinario número 2907 de 1953, auxilio que se destinará exclusivamente a la celebración en Bogotá, del Quinto Congreso Odontológico Latinoamericana $ 30.000.00 SUMAN LOS CREDITOS $ 30.000.00
Decreto 3199 de 1953 →Vigente
Artículo 746
Para Auxilios Destinados Al Sostenimiento Y Dotación De Los Hospitales Del País, Dentro Del Plan De Asistencia Pública Y Hospitalaria Nacional, Que Complementa Las Campañas Sanitarias, Según Decreto Legislativo Número 2554 De 1950, Suma Que Distribuirá El Gobierno Nacional, En El Año $ 30
Decreto 3199 de 1953 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos Vigente (Ministerio de Salud Pública)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.