º. De la representación de los servidores. Los servidores que se inscriban como candidatos para la elección de los mismos en la Comisión Consultiva, deberán acreditar: 1. Que son empleados públicos y/o trabajadores oficiales de la entidad, según la elección de que se trate, con antigüedad no menor de dos (2) años al servicio de la misma. 2, Que no han sido objeto de sanción disciplinaria alguna, dentro de los dos (2) años anteriores a la fecha de la elección. 3. Que aprobaron, al menos en el caso de empleados públicos, el bachillerato en cualquiera de sus modalidades, y en tratándose de trabajadores oficiales el grado quinto de enseñanza primaria.
Las exigencias sobre las calidades anteriormente señaladas se darán a conocer ampliamente a todos los empleados de organismo antes de cada elección, y se comprobarán ante el jefe de personal o quien haga sus veces.