Características de la nueva área para la ampliación . El área objeto de ampliación deberá tener las siguientes características
Ser apta para contar con infraestructura básica para las actividades industriales, comerciales o de servicios que se vayan a desarrollar.
Que en esta no se estén desarrollando las actividades que se planean promover y se trate de inversiones nuevas, salvo en los eventos contemplados en los numerales 3 y 4 del artículo 61 del presente decreto.
Que el área a ampliar sea colindante con los terrenos declarados como zona franca, salvo en los eventos contemplados en los numerales 3 y 4 del artículo 61 del presente decreto.
Ser continua, y cuando sea procedente se considerará excepcionalmente continua de acuerdo a lo previsto en el
del artículo 28 de este decreto.