Micelio

Artículo 1

Ley 8 de 1961 · por la cual se crean los Juzgados Municipales en los Municipios de La Virginia y La Celia, y una Notaría.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créanse sendos Juzgados Promiscuos Municipales en los Municipios de La Virginia y La Celia, en el Departamento de Caldas, que funcionarán con el personal y las asignaciones establecidos para los de igual categoría.

Parágrafo

Los Juzgados Municipales de Belalcázar y Santuario, procederán a enviar inmediatamente a los Juzgados Municipales que se crean por medio del presente artículo, todos los asuntos civiles y penales en curso de que conocen por razón de territorio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 8 de 1961