Micelio

Artículo 1

Decrétase La Reorganización De La Policía Nacional Como Una Institución Eminentemente Técnica; Ajena Por Entero A Toda Actividad De Carácter Político; Compuesta Por Cuerpos Especializados En Los Distintos Servicios; Con Personal Dotado De Especiales Condiciones De Moralidad, Cultura Y Preparación, A Fin De Que Quede Eficazmente Capacitada Para Conservar El Orden Público En Sus Manifestaciones Esenciales De Seguridad, Tranquilidad Y Salubridad Públicas, Y Restablecerlo Cuando Fuere Turbado; Para Proteger A Todos Los Habitantes Del Territorio Nacional En Su Vida, Honra Y Bienes Y, En General, Para Custodiar Y Hacer Respetar Los Derechos De Los Asociados

Decreto 1403 de 1948 · por el cual se reorganiza la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Decrétase la reorganización de la Policía Nacional como una institución eminentemente técnica; ajena por entero a toda actividad de carácter político; compuesta por cuerpos especializados en los distintos servicios; con personal dotado de especiales condiciones de moralidad, cultura y preparación, a fin de que quede eficazmente capacitada para conservar el orden público en sus manifestaciones esenciales de seguridad, tranquilidad y salubridad públicas, y restablecerlo cuando fuere turbado; para proteger a todos los habitantes del territorio nacional en su vida, honra y bienes y, en general, para custodiar y hacer respetar los derechos de los asociados. La Policía es una profesión. Por consiguiente, para ejercerla se requerirán condiciones personales de orden moral, cultural y físico. Así, se exigirá una instrucción especial y el aspirante a Oficial, Suboficial o Agente, deberá acreditar un pasado honesto y un temperamento equilibrado y sereno. La carrera de la Policía dará seguridad a sus profesionales, de manera que los funcionarios de la Institución gozarán de estabilidad mientras su conducta sea correcta y se ajuste planamente a los deberes profesionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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