Micelio

Artículo 3

Derogado

Ley 79 de 1931 · Orgánica de Aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

La importación y la exportación de mercancía se regirán por las disposiciones de esta Ley y por los reglamentos que se expidan en su cumplimiento, a unas y otros estará sujeto todo tráfico internacional; y en todos los casos que al respecto se presentaren, tendrá exclusiva jurisdicción la organización aduanera que por esta Ley se crea para exigir la presentación de documentos y para aplicar el procedimiento que esta Ley establece sobre fijación y recaudo de derechos de aduana y sobre imposición y cobro de toda clase de multas por omisiones en el cumplimiento de esta Ley, salvo en cuanto se atribuya a otros tribunales la imposición de tales multas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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