º. Los concejos municipales definirán los recursos que se destinarán al subsidio municipal de vivienda provenientes del Fondo de Vivienda de Interés Social de que trata la Ley 03 de 1991; del porcentaje de la participación en los ingresos de la Nación que constituyen recursos de libre inversión de acuerdo con el articulo 22 de la Ley 60 de 1993, y de los demás recursos de libre inversión de que disponga el municipio.
Decreto 1168 de 1996 →Vigente
Artículo 8
º
Decreto 1168 de 1996 · por la cual se reglamentan parcialmente la Ley 3ª de 1991 y la Ley 60 de 1993, en materia de subsidios municipales para vivienda de interés social.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.